La justicia falló a favor de una persona trans y determinó que pueda rectificar sus documentos conforme su identidad de género, con la categoría “Femineidad travesti”.
Temas: Rectificación registral – Identidades no binarias – Instancia administrativa
Tribunal: Juzgado Nacional Civil Nro. 7
Fecha: mar-2019
Hechos relevantes del caso
Una persona travesti solicitó al Registro Civil una nueva partida de nacimiento y un nuevo documento de identidad. En esa instancia se modificó su nombre y se consignó que era de sexo “femenino”. Sin embargo, más tarde manifestó que su verdadera identidad no era “masculina” ni “femenina”, por lo que ninguna de estas opciones representaba su identidad autopercibida. En consecuencia, inició una información sumaria para rectificar los datos de su partida de nacimiento y de su DNI para que reflejen su identidad de género real: “femineidad travesti”.
Decisión
El Juzgado ordenó que se realizara la rectificación registral en su partida de nacimiento para que en el campo reservado para el sexo dijera “Femineidad travesti” en lugar de “Femenino”.